Programa
Cofinancia
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
Una manera de hacer Europa
Industria 4.0, tiene como objetivo principal impulsar la implantación de tecnologías habilitadoras para impulsar la evolución del sector industrial español hacia la denominada Industria 4.0, como herramientas claves en su estrategia empresarial, desarrollando de este modo la mejora de su competitividad gracias a una gestión y producción más eficiente, a la generación de nuevas oportunidades de comercialización o creando nuevos productos y/o servicios.
Diagnóstico (FASE I): sin coste para el autónomo o pyme.
Programa financiado por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y cofinanciado por la Diputació de València.
Implantación del plan (FASE II): subvencionamos hasta un 50% para inversiones de un máximo de 20.000 € en desarrollo tecnológico.
Programa financiado por Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y cofinanciado por la Diputació de València.
Las ayudas van destinadas a todas las empresas de la provincia de Ciudad Real que cumplan los siguientes requisitos:
Desde el 5 de mayo a las 9:00 horas al 31 de octubre a las 14:00 horas. Si bien el plazo podrá acortarse en caso de agotarse el presupuesto.
Anuncio de Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real
El trámite de solicitud de participación es muy sencillo a través de:
De esta manera, el registro electrónico utilizado de la Sede será el registro ÚNICO de entrada de las solicitudes y acreditará la presentación y prioridad temporal de las solicitudes.
En cualquier caso se deberán cumplimentar y presentar en sede electrónica:
La resolución de las solicitudes será comunicada a los beneficiarios por escrito a través de la Cámara de Comercio.
Descargar Convocatoria del Programa Acceso a Solicitud
Solicita tu ayuda cuanto antes, las ayudas serán asignadas por orden de inscripción
A continuación, se presenta el listado de proyectos tipo subvencionables en el programa Industria 4.0.
Para cualquier incidencia con la sede electrónica, remitir correo electrónico a tic@camaravalencia.com indicando la siguiente información:
Si el problema es con el Certificado toda la información que se disponga sobre el mismo*
*Recomendable acceder a la dirección https://valide.redsara.es/valide, opción Validar Certificado, una vez introducido el certificado pulsar en Ver información ampliada, copiar la información que se muestra y añadirla al correo.
A continuación, detallamos las condiciones de financiación que Ibercaja podrá ofrecer a los posibles beneficiarios del programa Industria 4.0, vigente para este año 2020, a través de la Cámara de Comercio de Ciudad Real.
80% de la subvención con toma de razón por parte de Camara Ciudad Real y domiciliación irrevocable en la cuenta de Ibercaja.
24 meses máximo, hasta recibir la Ayuda concedida y domiciliada de forma irrevocable en Ibercaja que cancelará el préstamo.
TIPO DE INTERÉS VARIABLE
Fijo inicial 6 meses | Oficina | Bonificación máxima | |
Sin bonificación | Con bonificación máxima | ||
3,50% | Euribor+3,5% | Euribor+2,5% | 1,00% |
COMISIONES | Mínimo |
Apertura mín. 30 € | 1,25% |
Cancelación total tipo variable | 1,00% |
Amortización parcial tipo variable | 0,50% |
CÁLCULO Y TABLA DE BONIFICACIÓN
CONDICIONES OBJETIVAS DE VINCULACIÓN | BONIFICACIÓN |
POR CONTRATACIÓN DE SEGUROS DE RIESGO El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,40 puntos porcentuales, si cualquiera de los prestatarios individualmente considerados tiene contratado y se encuentra en vigor, uno o varios Seguros de Riesgo (se exceptúan los Seguros de Ahorro y los mixtos), contando solo aquellos formalizados a partir del momento de la formalización del presente préstamo, no los contratados anteriormente, con una prima neta anual total superior a 500€, en la fecha de observación (fecha de revisión de la vinculación). Solo computarán los seguros comercializados por Ibercaja Mediación de Seguros S.A.U., operador de Banca Seguros vinculado, nº Registro de la D.G.S.V.F.P. OV0039, en la red de distribución de Ibercaja. | 0,40 |
POR GESTIÓN DE COBROS Y PAGOS NACIONALES El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,40 puntos porcentuales, por la gestión de cobros y pagos nacionales, a través de una cuenta abierta en Ibercaja. Para la determinación del cumplimiento que da derecho a esta bonificación se tendrá en cuenta la situación de cada prestatario individualmente considerado. Se analizarán todas las cuentas en las que sea primer titular, y como requisito de cumplimiento de este criterio de vinculación, se sumará el importe de los abonos y adeudos de cada prestatario, por los conceptos de cheques y transferencias, gestión de cobro (norma 19 y norma 58), facturación TPV, en los últimos seis meses (mes correspondiente a la fecha de observación y los cinco meses anteriores). El importe gestionado debe ser superior a 50.000€, y deben haberse realizado un mínimo de cinco operaciones al mes. | 0,40 |
POR GESTIÓN DE COBROS Y PAGOS INTERNACIONALES El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,30 puntos porcentuales, por la gestión de cobros y pagos internacionales, a través de una cuenta abierta en Ibercaja. Para la determinación del cumplimiento que da derecho a esta bonificación se tendrá en cuenta la situación de cada prestatario individualmente considerado. Se analizarán todas las cuentas en las que sea primer titular, y como requisito de cumplimiento de este criterio de vinculación, se sumará el importe de los abonos y adeudos de cada prestatario, por los conceptos de cheques y transferencias internacionales (movimientos de conceptos de ahorro 18 – MONEDA EXTRANJERA), en los últimos seis meses (mes correspondiente a la fecha de observación y los cinco meses anteriores). El importe gestionado debe ser superior a 50.000 €. | 0,30 |
POR GESTIÓN DE NÓMINAS Y SEGUROS SOCIALES El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,20 puntos porcentuales, por la gestión del pago de nóminas y seguros sociales a través de una cuenta abierta en Ibercaja. Para la determinación del cumplimiento que da derecho a esta bonificación se tendrá en cuenta la situación de cada prestatario individualmente considerado. Se analizarán todas las cuentas en las que sea primer titular, y pague los salarios o cuotas empresariales de la Seguridad Social de sus empleados. Como requisito de cumplimiento de este criterio de vinculación, se sumará el importe de los adeudos de cada prestatario por estos conceptos en los últimos seis meses (mes correspondiente a la fecha de observación y los cinco meses anteriores), y se promediará entre seis, independientemente de que exista algún mes sin adeudo. Se exigirá un mínimo de dos movimientos por estos conceptos en el semestre y el importe medio calculado debe ser superior a 12.000 €. (por lo tanto, el importe pagado en el semestre ha de ser de 72.000 € como mínimo). La fecha de observación es la fecha de revisión de la vinculación. |
0,20 |
POR CONTRATACIÓN DE OPERACIONES DE RENTING El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,20 puntos porcentuales, si cualquiera de los prestatarios individualmente considerados tiene contratado y en vigor con Ibercaja, a partir de la fecha de formalización del presente préstamo, una o varias operaciones de renting de vehículos por importe mínimo inicial total superior a 25.000 €, en la fecha de observación (fecha de revisión de la vinculación). Solo computarán los contratos de Renting comercializados por Ibercaja Leasing y Financiación, S.A., EFC, sujetos a los requisitos de concesión de esa mercantil; la gestión de vehículos, el mantenimiento y la administración (gestoría, impuestos municipales, etc.) es de Ibercaja Leasing y Financiación, S.A., EFC. | 0,20 |
POR CONTRATACIÓN DE COBERTURA DE TIPO DE INTERÉS El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,20 puntos porcentuales, si cualquiera de los prestatarios individualmente considerados tiene contratado y en vigor con Ibercaja, a partir de la fecha de formalización del presente préstamo, un producto de cobertura de tipo de interés por un importe mínimo del 80% del límite inicial de la financiación del préstamo, en la fecha de observación (fecha de revisión de la vinculación). | 0,20 |
POR GESTIÓN DE INGRESOS AGROPECUARIOS El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,20 puntos porcentuales, si alguno de los prestatarios individualmente considerados ha percibido en una cuenta abierta en Ibercaja, abonos por ingresos agropecuarios por un importe superior a 25.000€, en los 12 meses anteriores a la Fecha de Observación (fecha de revisión de la vinculación). Para ello, se tendrán en cuenta todas las cuentas en las que sea primer titular cada prestatario, individualmente considerado. Se consideran ingresos agropecuarios los siguientes conceptos (de entre los que figuran en la contabilización de las operaciones en las cuentas de Ibercaja): 74-Producto ganadero 75-Cereales y girasol 76-Frutas y hortalizas 77-Subvención agropecuaria 78-Maiz y vino 79-Producto agrícola |
0,20 |
POR FACTURACIÓN TPV El margen o diferencial podrá bonificarse en 0,10 puntos porcentuales, si alguno de los prestatarios individualmente considerados, a través de un TPV contratado con Ibercaja, gestiona cobros mediante tarjetas por una cantidad superior a 25.000€ en el semestre inmediatamente anterior a la fecha de observación (fecha de revisión de la vinculación). Se analizarán todas las cuentas en las que sea primer titular cada prestatario. |
0,10 |
La comprobación del cumplimiento de las condiciones de vinculación se realiza en la fecha de observación, que será siempre el último día del mes anterior a la fecha de revisión del tipo de interés (por ejemplo, para los préstamos cuya fecha de revisión de tipo de interés sea el 30 de septiembre, se realizará la revisión de la vinculación en su fecha de observación, el día 31 de agosto anterior). Comprobada la vinculación, se aplicará al periodo de revisión inmediato posterior.
Oficina Transformación Digital
963 103 938
oficinadigital@camaravalencia.com
La Cámara de València no se hace responsable de las informaciones que los solicitantes hayan podido recibir por vías distintas a esta convocatoria oficial o a través de la Cámara de Comercio de València.
La Cámara de Comercio de València es la entidad convocante de las ayudas de la presente convocatoria y no colabora con empresas externas para la gestión de las subvenciones contempladas en el programa.
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